¿Se está planteando trasladar su lugar de residencia al extranjero? ¿Desea establecerse en un país europeo obteniendo la residencia, nacionalidad y muchas otras ventajas? ¿Desea que su familia goce de interesantes beneficios? ¿Posee un patrimonio económico que desea movilizar e invertir en Europa? ¿Tiene dudas sobre cómo realizar este proceso?
Desarrollamos la figura de la Golden Visa Española, instrumento ideado para los ciudadanos extranjeros no residentes en la UE que deseen establecerse con su familia en España, de una manera rápida, sencilla y eficaz. Con este tipo de visado gozará de la calidad de vida europea beneficiándose de todas las ventajas legales, económicas y fiscales así como en otros ámbitos de interés personal como el educativo (centros educativos, universitarios), sanitario, seguridad, etc.
Se trata de un nuevo concepto que agiliza la concesión de visados y autorizaciones de residencia, así como la posterior obtención de la nacionalidad. Este instrumento jurídico está dirigido tanto a sujetos que deseen movilizar su patrimonio, como a los cónyuges de estos y sus hijos eliminando el trámite de la reagrupación familiar. Con ello se posibilita el traslado directo, si así se desea, sin tener que esperar a cumplir los requisitos establecidos iniciando el trámite de reagrupación.
La Golden Visa está diseñada para ser atractiva a los ciudadanos extranjeros no residentes en la UE, y especialmente en América Latina, que precisen invertir su patrimonio en Europa de manera ágil, simple y segura, siempre que cumplan los requisitos generales para la estancia o residencia. Una vez determinado que se cumplan estos requisitos lo único necesario para obtener el visado o autorización será la realización de una inversión de capital significativa en territorio español.
Próximamente, trataremos en profundidad los sujetos a los que se dirige esta norma así como el concepto inversión significativa de capital y el proceso posterior a esta de acreditación de la inversión, así como la duración y tipos de visados de la Golden Visa Española para cada uno de sus destinatarios puesto que existen varias posibilidades (inversión, empresarios, investigación, etc.)
No obstante, cualquier duda o cuestión relevante no dude en ponerse en contacto con nuestros abogados y profesionales
REQUISITOS GENERALES PARA LA ESTANCIA O RESIDENCIA
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Ser mayor de 18 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
- Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.
Jesús Bores-Lazo
Socio-Director
Fernando del Cuvillo Halcón
Colaborador